¿Qué son los derechos sexuales y reproductivos?

Nov 20, 2019 | 0 Comentarios

Desde el momento en que nacemos todas y todos poseemos Derechos Humanos. Los derechos humanos son “derechos inherentes a toda la humanidad, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición” (Naciones Unidas, 2019) que buscan garantizar, de manera general, “el derecho a la vida y a la libertad; a no estar sometido ni a esclavitud ni a torturas; a la libertad de opinión y de expresión; a la educación y al trabajo, etc.” (Naciones Unidas, 2019).

Nuestros derechos se encuentran expresos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) que fue proclamada después de la Segunda Guerra Mundial por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París en 1948 (Amnistía Internacional, 2019: SP); nombrando a la Organización de las Naciones Unidas como la encargada de velar por el cumplimiento de los derechos humanos en los Estados.

En el artículo 25° de la DUDH se describe que: 

  1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. (Fundación Internacional de Derechos Humanos 2019: SP).

Este artículo, en otras palabras, afirma que todos/as tenemos derecho a la salud. Aludir al término “salud sexual” implica hacer referencia al desarrollo pleno de la sexualidad humana como un aspecto esencial para el bienestar individual, interpersonal y social (OMS, 2019); es decir, disfrutar del placer, la ternura, el amor, tener deseos sexuales, construir una identidad sexual y de género, etc.

Entonces, y en secuencia de la idea anterior, hacer referencia a los derechos sexuales es nombrar los aspectos biológicos y visibilizar que todos y todas poseemos sexualidades distintas que se conforman según nuestras etapas de vida, de acuerdo con el contexto en el que crezcamos, a través de elementos socioculturales.

Los derechos sexuales reconocen la “autonomía personal, el derecho de disponer del propio cuerpo y tomar decisiones sobre el mismo e incluso al ejercicio de las libertades individuales”  (Juárez Hérrera Y Cairo, 2009), donde cobra particular dimensión el placer sexual y la “toma de decisiones libres y responsables sobre todos los aspectos de la sexualidad, libres de discriminación y violencia”  (Juárez Hérrera Y Cairo, 2009).

No obstante, es importante mencionar que a la par de los derechos sexuales se encuentran los derechos reproductivos. La primera vez que se utilizó el concepto “derechos reproductivos” fue en la Reunión Internacional sobre Mujeres y Salud en Ámsterdam en los Países Bajos en 1984 considerando que cada persona decida sobre sus cuerpos y vida reproductiva (Consumer, 2019); y fue hasta 1994 que el concepto se legitima reconociendo el derecho de los individuos y de las parejas a decidir sobre el número de hijos que desean críar. En el articulo 4° de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos se establece que: 

El varón y la mujer son iguales ante la Ley. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. (Salud, 2019)

En México, como resultado del Foro Nacional de Jóvenes por los Derechos Sexuales -celebrado en 2011 por el Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve) y después de un enorme avance en torno al reconocimiento y ejercicio de los Derechos Humanos relacionados con la sexualidad de la población juvenil del país- se creó La Cartilla de Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes; la cual, describe detalladamente los Derechos Sexuales y Reproductivos de Adolescentes y Jóvenes, así como las instituciones, organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil que procuran el goce y ejercicio de ellos.

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De acuerdo con la Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes, los derechos sexuales que poseemos como juventudes son 14:

  1. Derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre nuestro cuerpo y nuestra sexualidad, de acuerdo con las facultades que vamos desarrollando conforme a nuestro crecimiento o evolución.
    “El derecho a la vida, la libertad de ideas, religión, seguridad, a la intimidad y al matrimonio consensuado son derechos esenciales reconocidos constitucionalmente como fundamentales, estos derechos son sustanciales para el ejercicio de la sexualidad libre, autónoma e informada” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 14).
  2. Derecho a ejercer y disfrutar plenamente nuestra sexualidad. 
    “Vivir cualquier experiencia, expresión sexual, erótica o de género que elijamos, siempre que sea respetando los derechos de las personas involucradas y de acuerdo con nuestras facultades en desarrollo” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 14).
  3. Derecho a manifestar públicamente nuestros afectos.
    “Las manifestaciones públicas de afecto ayudan a promover una cultura armónica, efectiva y libre de violencia. Así mismo el ejercer nuestra libertad individual de expresión, manifestación, reunión, identidad sexual, de género, sin prejuicios, ni discriminación” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 15)
  4. Derecho a decidir libremente con quién o quiénes nos relacionamos afectiva, erótica y socialmente. 
    “Decidir y ejercer nuestras prácticas sexuales, elegir con quien compartir nuestra vida, emociones, deseos, sexualidad de manera libre y autónoma” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016:  15).
  5. Derecho a que se respete nuestra privacidad e intimidad y a que se resguarde confidencialmente nuestra información personal. 
    “Respeto a mi privacidad e intimidad en todos los espacios de nuestra vida: escolar, familiar, social, digital, laboral, servicios de salud, etc., sin importar la edad” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 16).
  6. Derecho a la vida, a la integridad física, psicológica y sexual.
    “Ninguna persona o autoridad puede ejercer ningún tipo de violencia, incluyendo la sexual, física, psicología, económica, ni ninguna acción que busque dañar nuestra vida, dignidad, integridad y/o libertad” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 16).
  7. Derecho a decidir de manera libre e informada sobre nuestra vida reproductiva.
    “La decisión de tener o no hijos, cuántos, cuándo y con quién sin que nuestra orientación sexual, identidad de género, edad, estado civil o cualquier otra condición o característica sea un impedimento para ello, considerando nuestras facultades, como nuestras necesidades” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 17).

  1. Derecho a la igualdad.
    Vivir libres de prejuicios y estereotipos de género que limiten nuestras capacidades y ejercicio pleno de derecho. “La diversidad de características y necesidades específicas no significan que somos diferentes, ante la ley todos somos iguales lo que nos garantiza la posibilidad de ejercer todos nuestros derechos sin discriminación, con igualdad de oportunidades y trato digno” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 17).
  2. Derecho a vivir libres de discriminación.
    Es decir, “sin que se nos discrimine por nuestra edad, color de piel, cultura, sexo, género, discapacidades, la condición social, económica (…) o jurídica, la religión, apariencia física, la situación migratoria, la lengua, las opiniones, filiación política” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 18).
  3. Derecho a la información actualizada, veraz, completa, científica y laica sobre sexualidad, para tomar decisiones libres sobre nuestra vida.
    “Al referirnos a temas relativos a la sexualidad deben incluir todos los componentes de esta área: el género, el erotismo, los vínculos afectivos, la reproducción, el placer y la diversidad” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 18).
  4. Derecho a la educación integral en sexualidad.
    “Deberá fomentar la toma de decisiones libre e informada, la cultura de respeto a la dignidad humana y equidad. Es tan necesaria para el bienestar físico como mental y social, y para el desarrollo humano en general” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 19).
  5. Derecho a los servicios de salud sexual y reproductiva.
    “Estos servicios incluyen: consejería con información, orientación y apoyo, provisión de métodos anticonceptivos, aborto legal y seguro y atención durante el embarazo, parto, detección oportuna y atención de ITS incluyendo VIH, detección y atención de la violencia, entre otros.” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 19).
  6. Derecho a la identidad sexual.
    “Construir, decidir y expresar nuestra identidad de género, orientación sexual e identidad política. El contar con una identidad jurídica que corresponda con nuestra identidad sexual, nos posibilita el pleno acceso a todos los derechos humanos” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 20).
  7. Derecho a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad y reproducción.
    “Incidir en cualquier iniciativa de ley, plan o programa público que involucre los derechos sexuales, en su diseño, implementación, evaluación y seguimiento, así como en la asignación y ejecución de presupuesto” (Cartilla de los Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes 2016: 20). Los derechos sexuales han estado en la escena social y política desde hace décadas reconstruyéndose y formándose orientados a un ejercicio pleno de las decisiones sobre los cuerpos de las personas.

Consideraciones finales

En el contexto local, el marco jurídico guanajuatense limita la atención y tratamiento de la salud reproductiva como un área de trabajo de instituciones sociales y educativas; hecho que se refleja en el poco conocimiento de los derechos sexuales y reproductivos por la ausencia de su fomento en la curricula escolar y en el trabajo homologado de las institución; por lo que, una de las variables desembocan en embarazos no deseados en adolescentes.

El panorama en nuestro estado, Guanajuato, está lleno de retos; ya que, por una parte legalmente no contamos con apartados específicos en los que se desarrollen mecanismos para el cuidado y el tratamiento de la salud sexual y reproductiva de las juventudes, y, por otra parte, lo complicado que es legislar a favor de los derechos sexuales y reproductivos, para beneficio de las juventudes y de las mujeres, por cuestiones ideológicas.  

Cada día existen más asociaciones, redes y colectivos que abordan la promoción de los derechos sexuales y reproductivos; y que, además, impulsan y revisan propuestas y programas sociales que cubran las necesidades de los y las adolescentes y aquellos grupos a los que no les son reconocidos sus derechos humanos.

Con base en lo anterior, podemos afirmar que el Estado tiene la obligación de velar por el cumplimiento de estos derechos, haciendo que los espacios estén libres de violencia, discriminación y prejuicios para el goce completo de los mismos; cualquier acción que viole estos derechos atenta contra nuestro bienestar integral y daña la dignidad humana.

La importancia de abordar los derechos sexuales y reproductivos en la población adolescente y joven radica en que, si bien las declaraciones internacionales y leyes nacionales proponen que todas las personas tienen derechos humanos, en contextos culturales y politicos especificos, no se reconocen y tampoco se ejercen. En México se han visibilizado a tráves del tiempo; sin embargo, aún queda camino por recorrer.

Bibliografía

AUTORES

Vicente Omar González Huerta

Correo electrónico: vicenteogh@gmail.com

Egresado de la licenciatura en Sociología de la Universidad de Guanajuato, con conocimientos en la realización de investigación y en el desarrollo de entrevistas, grupos focales y encuestas, así como en la evaluación de diseño de programas sociales. Mi temática de interés son las identidades juveniles.

Flor Andrea Atlixqueño Palomares

Correo electrónico: floraatlixqueno@gmail.com

Licenciada en Administración agropecuaria por la ENES – León.

María Elena Sandoval Barajas

Correo electrónico: helena.sandoval11@gmail.com

Egresada en Antropología Social por la Universidad de Guanajuato y feminista.
He laborado en el Instituto Municipal de las Mujeres en los programas de Masculinidades y Redes de Mujeres y para la organización internacional DKT México y condones Prudence como responsable de programas sociales en Guanajuato.

También he participado como facilitadora en la capacitación a elementos de Seguridad Pública Municipal en el curso “Policía de proximidad y/o Unidad especializada para atender la violencia familiar y de género” en colaboración con el Instituto Municipal de las Mujeres y en el proyecto Hewlett para el fortalecimiento del acceso a los servicios de salud para adolescentes y mujeres indígenas, financiado por el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir A.C.

Actualmente estoy en proceso de publicación un artículo en el libro “Identidades en Guanajuato” financiado por la Universidad de Guanajuato y soy Consejera Juvenil en el Consejo de Salud del municipio de León, Guanajuato.